Nuevas medidas sobre el empleo para empresas y personas trabajadoras autónomas

Publicadas en el Real Decreto 818/2021


 

Tras el acuerdo alcanzado esta semana en el Consejo de Ministros, el BOE publicó ayer el Real Decreto 818/2021, por el que se regulan los programas comunes de activación para el empleo del Sistema Nacional de Empleo, lanzando importantes medidas que favorecen tanto a empresas como a personas trabajadoras autónomas.

Además de hacer efectiva la subida del salario mínimo interprofesional, la normativa extiende los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022, si bien no lo hace de forma automática: los ERTES actuales se prorrogan hasta el 31 de octubre, debiéndose solicitar un nuevo ERTE antes del día 15 de octubre para que el nuevo ERTE sea efectivo desde el 1 de noviembre, hasta finales de febrero del año próximo.

Estas son las nuevas medidas adoptadas para los ERTES  a partir del próximo 1 de noviembre:

- Las empresas que formen a personas afectadas por ERTEs de Formación, tendrán derecho al incremento del crédito para la financiación de actividades formativas, en función de su tamaño. Además, contarán con exoneraciones en acciones formativas en función del número de empleados.

- Se mantienen los denominados ERTEs de impedimento, vinculados a las limitaciones de actividad. Las empresas que se encuentren en esta situación tendrán una exoneración del 100% de la aportación empresarial devengada a partir de noviembre de 2021, durante el periodo de cierre, y hasta el 28 de febrero de 2022.

- Los trabajadores acogidos a ERTE seguirán disfrutando de la exención del periodo de carencia para el acceso a la prestación por desempleo, ampliado de manera extraordinaria hasta el 1 de enero de 2023.

Este Real Decreto contempla también una serie de exoneraciones, por meses, de las cuotas a la Seguridad Social de las personas trabajadoras autónomas que hubieran estado protegidas en el periodo anterior, prorrogándose esta medida hasta los próximos 4 meses.

Accede aquí al texto completo del BOE