El Impefe publica las bases reguladoras de subvención para fomento del trabajo autónomo en Ciudad Real

El Impefe acaba de hacer pública la presente convocatoria, dictada al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene por objeto concretar el régimen jurídico general de concesión de subvenciones, así como el procedimiento a seguir para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las mismas, promovidas por el Instituto Municipal de Promoción Empresarial, Formación y Empleo de Ciudad Real con el fin de apoyar la creación de empresas y el fomento de empleo, mediante un programa de ayudas económicas destinadas a favorecer y promover el trabajo autónomo o por cuenta propia


 

El Impefe acaba de hacer pública la presente convocatoria, dictada al amparo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene por objeto concretar el régimen jurídico general de concesión de subvenciones, así como el procedimiento a seguir para la solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las mismas, promovidas por el Instituto Municipal de Promoción Empresarial, Formación y Empleo de Ciudad Real con el fin de apoyar la creación de empresas y el fomento de empleo, mediante un programa de ayudas económicas destinadas a favorecer y promover el trabajo autónomo o por cuenta propia, con las siguientes líneas de subvenciones:

 I-Subvención de la cuota de autónomos.
II- Subvención en la tasa de licencia de apertura.
III-Subvención para el fomento de la contratación laboral.
 
El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá desde el 20 de octubre hasta el 30 de noviembre de 2016.


Estas subvenciones están dirigidas a personas que se constituyan como trabajadores autónomos dándose de alta en el Régimen Especial de trabajadores autónomos desde la fecha 28 de noviembre de 2015 hasta el final del plazo de la presente convocatoria y que establezcan como domicilio fiscal de la actividad el municipio de Ciudad Real. A efectos de computar la fecha de inicio de la actividad del solicitante, se referirá a la del día en que conste como “fecha de alta” en el documento “TA-0521” que la Tesorería  General de la Seguridad Social dispone para este trámite. A efectos de determinar el domicilio de la actividad se tomará como referencia el que se haya  establecido en la Declaración Censal. Deberán estar empadronados en Ciudad Real  con un mínimo de un año.